[07-10-22] Horario monitores escolares

Pregunta

¿Cuántas horas al día tienen que estar en el centro los monitores escolares, y quien elabora su horario? Gracias y un saludo.

Respuesta

Conforme aparece recogido en el art. 25 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, la jornada semanal de los monitores escolares es de 35 horas, que se distribuyen conforme a lo recogido en el Anexo I de los Acuerdos de 29 de marzo de 2005 y de 13 de enero de 2017 de la Subcomisión de vigilancia del Convenio Colectivo en el ámbito de la Consejería de Educación, de la siguiente forma:

- 32 horas semanales de dedicación directa al puesto de trabajo en el centro, de las cuales 30 serán de presencia directa cada semana, y las dos horas restantes acumulables mensualmente en función de las necesidades del centro, para la realización de actividades especiales o extralectivas y participación en órganos del centro.
- 3 horas para la preparación y organización de actividades y preparación profesional del trabajador.


En cuanto a la segunda cuestión planteada, indicarle que la elaboración del horario del personal de administración y servicios y de atención educativa, es una facultad atribuida a la secretaría del centro, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, correspondiendo su aprobación a la dirección, tal y como se estipula en el art. 10 de la Orden de 20 de agosto de 2020 por la que se regula la organización y funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros de educación especial y de la Orden de 20 de agosto de 2010 por la que se regula la organización y funcionamiento de los institutos de educación secundaria.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía