[11-10-22] Posibilidad de realizar actividad tutoria en horario de recreo

Pregunta

Referente a las tutorías:

Entiendo que la Tutoría de atención personalizada al alumnado y familia (ESO) es 1 hora lectiva y mi pregunto si se puede poner en el horario en tramos de media hora, es decir en dos recreos de media hora cada uno computando una hora lectiva

Respuesta

Debe tener en cuenta que tal y como aparece recogido en el art. 9 de la Orden de 20 de agosto de 2010 por la que se regula la organización y funcionamiento de los institutos de educación secundaria, el horario de la tutoría en el caso de la educación secundaria es de cuatro horas semanales de las cuales dos forman parte del horario lectivo. De estas dos horas lectivas, una debe dedicarse a realizar actividades con el grupo, y la otra a la atención personalizada del alumno y su familia. El resto del horario de tutoría que no forma parte del horario lectivo, se distribuye de la siguiente manera, una hora se dedicará a las entrevistas con las familias y otra a las tareas administrativas de la tutoría.  

Al formar parte las horas de atención personalizada al alumnado y a su familia, del horario lectivo, entendemos que no se podrá llevar a cabo esta actividad en el horario de recreo, ya que éste forma parte del horario de permanencia obligatoria en el centro no lectivo, tal y como aparece recogido en el art. 13 de la citada Orden, no pudiendo dedicarse el horario de un tramo para la realización de las actividades incluidas en otro tramo horario diferente, es decir que no se podría dedicar el horario de recreo, que forma parte del horario no lectivo para llevar a cabo actividades que forman parte del horario lectivo. Con todo, plantee el tema a la jefatura de estudios por si le da su aprobación.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía