[17-10-22] Solicitud reconocimiento en bolsa servicios prestados como especialista

Pregunta

Mi consulta está relacionada con el reconocimiento de tiempo de servicio como funcionario interino en el cuerpo I594.

Mi situación es la siguiente, he trabajado durante más de 4 años por medio de contratos laborales, cuerpo LED: Laboral Especialista Docente. En la actualidad, soy funcionario interino en el cuerpo I594, y ocupo los mismos puestos que ocupaba como laboral.

Soy funcionario interino desde el 1 de marzo del 2022 y el 6 de mayo de este año, realicé una solicitud a través del registro de la Delegación de Educación donde pedía que el tiempo de servicio que he trabajado como LED, se me contabilizara en el cuerpo I594, ya que a través de contratos laborales he estado ocupando puestos pertenecientes a este cuerpo, y realicé las mismas funciones que hago ahora como interino.

No obtuve respuesta formal a mi solicitud, y cuando a mediados de julio se publicaron las bolsas provisionales de interinos, no me contabilizaron nada de lo que he trabajado como LED, lo volví a reclamar en las alegaciones de estas bolsas provisionales, y la bolsa definitiva se publicó igual que las provisionales, sin contarme ese tiempo de servicio.

Solicité que se me reconociera el tiempo de servicio en mayo, porque es un tiempo que he trabajado para la misma administración, la Junta de Andalucía, pero volveré a solicitarlo cuando este mes de octubre, se abra el plazo de reconocimiento de tiempo de servicio de otras administraciones públicas, donde, además, incluiré el tiempo de servicio que trabajé Conservatorio de Danza de otra CCAA (más de 3 años).

Desde la Consejería me dijeron vía telefónica que no me iban a reconocer ese tiempo de servicio a efectos de ordenación en la bolsa de interinos, pero no he recibido una respuesta por escrito sobre este tema.

Mi pregunta es si ya puedo iniciar la vía judicial para que me reconozcan ese tiempo de servicio, o tengo que esperar a que se resuelva el procedimiento de reconocimiento de tiempo de servicio de otras administraciones donde pediré de nuevo lo trabajado en Andalucía y además lo trabajado en la otra CCAA.

Espero su respuesta

Un saludo

Respuesta

La Orden de 10 de junio de 2020 por la que se regulan los procedimientos de provisión con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y victimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas, recoge en su art. 30.3 respecto al profesorado especialista que la ocupación del puesto no generará en ningún caso, derecho de reconocimientos de tiempo de servicio a efectos de ingreso en la función pública docente o de acceso a las bolsas de trabajo docentes.

Por lo expuesto, entendemos que no le va a computar a efectos de bolsa los servicios prestados como profesor especialista, computándole solo a efectos de trienios o de méritos para convocatorias de otros puestos de especialistas. En este sentido además indicarle que tenemos conocimiento de la existencia de alguna sentencia en la que se desestimaba la reclamación del reconocimiento de estos servicios a efectos de tiempo de servicio en las bolsas.

En cualquier caso, indicarle que usted debió interponer el correspondiente recurso de reposición, en el plazo de un mes cuando se publicaron las bolsas definitivas, o en el plazo de dos meses el recurso contencioso-administrativo, para continuar con su reclamación respecto al tiempo de servicio, debiendo tener en cuenta que el plazo que se abre en el mes de octubre solo está previsto para los servicios prestados en otra CCAA, por lo que solo podría aportar el tiempo de servicio en Murcia.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantarla a través de este servicio de consultad de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.