[15-11-22] Solicitud servicios prestados a efectos de trienios

Pregunta

Me pongo en contacto con ustedes porque necesito para gestiones administrativas el RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS PRESTADOS EN EL CUERPO DE MAESTROS DE ANDALUCÍA, ya que al solicitar la vida laboral Tesorería General de la Seguridad Social sólo me reconoce hasta el momento que adquirí mi plaza como funcionaria, a partir de la cual ya no tengo más información, y mi vida laboral queda resumida a 3 años, cuando llevo 23.

Agradecería me informasen cómo puedo conseguirla. Lo único que puedo ver es el tiempo de servicio a través del Portal Docente, pero este documento no me lo dan como válido a nivel administrativo.

Un cordial saludo.

Respuesta

La Tesorería General de la Seguridad Social en el informe de vida laboral solo certifica cotizaciones, que en su caso, al haber accedido al funcionariado con anterioridad al 01/01/2011, solo puede aparecer las correspondientes al periodo de interinidad, no incluyendo por tanto las cotizaciones correspondientes los periodos como funcionario en prácticas y funcionario de carrera, ya que estas cotizaciones se realizan al Régimen de Clases Pasivas y no al Régimen General de la Seguridad Social.

Es por ello, por lo que lo que si necesita acreditar los servicios reconocidos deberá solicitar una “certificación de servicios prestados a efectos de trienios”, donde le deberán constar todos los servicios previos reconocidos que fueron prestados como funcionario interino, los servicios de funcionario en prácticas y los servicios funcionario de carrera.

Para ello, debe presentar un escrito (expone/solicita) dirigido a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía, solicitando le sea expedida certificación de servicios prestados a efectos de trienios. La presentación puede realizarla a través de la oficina virtual de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, a la que podrá acceder a través de este enlace:  

https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/oficina-virtual  (apartado otros trámites), de forma presencial a través del registro de la Delegación Territorial correspondiente o por correo certificado, a través de las oficinas de correos, tal y como aparece recogido en el art. 16 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común, debiendo llevar el sobre abierto y una copia del escrito que vaya a presentar para que le sea sellado por el personal de la oficina correspondiente (art. 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales).

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía