[18-11-22] Ausencias que no dan lugar a IT

Pregunta

Si el lunes me he ido del trabajo dos horas antes porque me encontraba mal y la médica me ha recomendado reposo durante 72 horas. ¿tengo que ir el jueves a trabajar? ¿ya me cuenta el lunes como un día de reposo, aunque haya ido a trabajar la mitad del día? En el instituto me han dicho que si no voy a trabajar el jueves tengo que pedirme la baja laboral.
Gracias y un saludo.

Respuesta

En el apartado IV.1 de la Circular de 11 de junio de 2021 sobre  licencias, permisos y reducciones de jornada del personal docente, que regula las ausencias que no dan lugar a IT, considera como tales, las que no superan los tres días, por lo que efectivamente si usted no se ha recuperado, deberá acudir a su médico para que le expida una baja laboral a partir del jueves, ya que en la citada Circular se recoge expresamente que estas ausencias podrán ser parciales, cuando comprendan solo una parte de la jornada laboral, o totales si comprenden la jornada laboral completa, por lo que consideramos que el lunes efectivamente computaría a efectos de los tres días de ausencia.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía