[23-11-22] Entrega acta reunión equipo directivo
Pregunta
He tenido una reunión con el equipo directivo y a terminar al terminar, me informan que se iba a redactar un acta de la misma, siendo esto para mí sorprendente y poco claro ya que se suele avisar al principio. La consulta es: una vez que se me entregue el acta, de la que pedí copia como establece la 40/2015, ¿puedo modificar de alguna manera lo expuesto en ella si no estoy conforme, como se hace en los órganos colegiados? Muchas gracias por la respuesta y la atención.
Respuesta
En primer lugar, indicarle que el equipo directivo no es un órgano colegiado propiamente dicho como el Claustro o el Consejo Escolar, ni tiene la naturaleza de órgano colegiado como ocurre por ejemplo con los departamentos, ya que como aparece recogido en el art. 19 de la Ley 9/2007 de la Administración de la Junta de Andalucía “Son órganos colegiados los que están compuestos por tres o más miembros que, reunidos en sesión convocada al efecto, deliberan y acuerdan colegiadamente sobre el ejercicio de las funciones que les están encomendadas”, no siéndole por lo tanto, de aplicación a la reunión celebrada, la normativa que regula dichos órganos.En cualquier caso, si cuando le entreguen el acta, usted no está conforme con su contenido, puede mostrar su disconformidad presentando un escrito dirigido al equipo directivo, manifestando los aspectos entiende deberían ser modificados por considerar que no se corresponden con lo manifestado en la reunión, o lo que entiende que debe ser incluido por haber sido omitido. En el caso de que sus pretensiones no fueran aceptadas, y si entiende que son cuestiones relevantes y que pudieran tener alguna repercusión futura, la opción sería poner esta circunstancia en conocimiento de la inspección o de la Delegación territorial correspondiente.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.