[24-11-22] Incidencia en la jubilación del ingreso en la función pública

Pregunta

Mi pregunta es con respecto a la convocatoria de méritos para acceder a una plaza como funcionaria del cuerpo de maestros.
¿Cómo afectaría, en el supuesto caso de conseguir una de estas plazas, a mi jubilación si tenemos en cuenta que está próxima?
¿Me beneficiará en algo, me perjudicará o simplemente no afectará en nada?

Gracias por su atención.

Un cordial saludo

Respuesta

Con independencia de que usted obtuviera o no una plaza en el concurso de méritos, el Régimen aplicable a su jubilación va a ser el Régimen General de la Seguridad Social (RGSS), ya que tal y como aparece recogido en la Disposición adicional tercera del Real Decreto Legislativo 8/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, desde el día 1 de enero de 2011, los nuevos docentes que ingresan al funcionariado, tanto de las enseñanzas universitarias como no universitarias, pertenecen al RGSS a efectos de pensiones y en el futuro se jubilarán y cobrarán la pensión por este régimen.

En cualquier caso, lo que sí se dispone es que se respetarán las especificidades de cada uno de los colectivos relativas a la edad de jubilación forzosa, así como, las referidas a los tribunales médicos competentes para la declaración de incapacidad o inutilidad del funcionario.

Por lo expuesto, si ingresa al funcionariado de carrera podrá jubilarse, siempre que tenga un mínimo de 15 años cotizados, a los 65 años de edad. En cambio, si no ingresa, la edad de jubilación dependerá de los años que tenga cotizados, exigiéndose para poder jubilarse a esa edad, el presente año 37 años y 6 meses o más, exigencias que se van incrementando cada año, hasta alcanzar en 2027 los 38 años y 6 meses o más cotizados.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía