[30-11-22] Uso Séneca

Pregunta


¿El director de un centro puede prohibir el uso de Seneca al profesorado?
Para pedir información por una tutoría, nos obliga a usar un formulario Google, no quiere que pasemos por Seneca. La manipulación me parece más complicada que la plataforma

Respuesta

Entendemos que, salvo excepción autorizada por la Administración Educativa, la plataforma que protege a usuarios y usuarias de posibles vulneraciones en materia de protección de datos y procedimientos telemáticos es la desarrollada en el Decreto 285/2010, de 11 de mayo, por el que se regula el Sistema de Información Séneca y se establece su utilización para la gestión del sistema educativo y cuyo objeto es su utilización para la gestión de los centros docentes, los servicios de apoyo a la educación, la inspección educativa, y los programas y las actividades del sistema educativo andaluz.

En este sentido, en su preámbulo se indica que "el presente Decreto establece el mencionado sistema de información, que se constituye como el instrumento preciso para la gestión telemática integral de los centros docentes, los servicios de apoyo a la educación, los programas y las actividades del sistema educativo andaluz, a través de la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones en un entorno seguro e integrado de tramitación de documentos en el marco de las infraestructuras de Administración electrónica reguladas y gestionadas por la Junta de Andalucía, favoreciendo un acceso igualitario de la población a los servicios educativos".

En el marco de ese “entorno seguro” se establece SÉNECA como la herramienta legalmente predeterminada para ejecutar la cesión de datos a la Administración Educativa, refiriéndose más concretamente, en su art. 7 a los ficheros de carácter personal tanto del profesorado como del alumnado y sus familias.

Igualmente, en dicho “entorno seguro”, también se regula la relación con la ciudadanía, concretamente en los artículos 15 y 16 sobre la realización telemática de trámites administrativos y sobre la tutoría electrónica respectivamente.  

Artículo 15. Realización telemática de trámites administrativos.
De acuerdo con lo recogido en el artículo 151 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, la Administración educativa facilitará e impulsará la realización de trámites administrativos a través de internet ante la secretaría de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, mediante la utilización del sistema de información SÉNECA. A tales efectos, se prestará especial atención a los procedimientos de escolarización y matriculación del alumnado, así como a los que realizan los miembros de la comunidad educativa.

Artículo 16. Tutoría electrónica.
1. La Administración educativa facilitará la relación y el intercambio de información entre los centros docentes sostenidos con fondos públicos y las familias mediante la utilización del sistema de información SÉNECA, para apoyar el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado.
2. Se favorecerá de manera particular la tutoría electrónica, mediante la cual los padres y madres o, en su caso, los representantes legales del alumnado menor de edad y el tutor o tutora de su hijo o hija podrán intercambiar información relativa a su evolución escolar a través del sistema de información SÉNECA.
3. La realización de las actuaciones a que se refieren


Sin perjuicio de lo anterior y si fuera una decisión adoptada por el equipo directivo, entendemos que al tratarse de una orden de un superior jerárquico debería cumplirla, para evitar la imposición de una sanción disciplinaria, con independencia de que  consulte con el servicio  de inspección educativa de su zona  y reclame la seguridad jurídica que ofrece la plataforma SÉNECA frente a otras plataformas cuyo uso , en todo caso, debería estar justificado y autorizado para evitar algún problema de vulnerabilidad en materia de protección de datos y en materia de tramitación telemática.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.