[07-12-22] Horario monitores escolares

Pregunta

¿Me podrían decir, porqué algunos monitores, su horario es de 9 a 15,00 horas, atendiendo comedor, y otros monitores trabajan menos horas, horario de 9 a 14,00 y cobrando lo mismo?

Respuesta

Conforme aparece recogido en el art. 25 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral al Servicio de la Junta de Andalucía, la jornada semanal de los monitores escolares es de 35 horas, que se distribuyen conforme a lo recogido en el Anexo I de los Acuerdos de 29 de marzo de 2005 y de 13 de enero de 2017 de la Subcomisión de vigilancia del Convenio Colectivo en el ámbito de la Consejería de Educación, de la siguiente forma:

- 32 horas semanales de dedicación directa al puesto de trabajo en el centro, de las cuales 30 serán de presencia directa cada semana, y las dos horas restantes acumulables mensualmente en función de las necesidades del centro, para la realización de actividades especiales o extralectivas y participación en órganos del centro.
- 3 horas para la preparación y organización de actividades y preparación profesional del trabajador.

Por lo expuesto, entendemos que todos los monitores deben cumplir con un horario semanal de 30 horas de obligada permanencia en el centro, por lo que desconocemos el motivo por el cual según comenta hay monitores que realizan un horario de 25 horas de presencia efectiva, pudiendo ser la causa que completan el horario en horario de tarde, o que tienen una jornada parcial.

En cualquier caso, indicarle que la elaboración del horario del personal de administración y servicios, es una facultad atribuida a la secretaría del centro, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, correspondiendo su aprobación a la dirección, tal y como se estipula en el art. 10 de la Orden de 20 de agosto de 2020 por la que se regula la organización y funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros de educación especial y de la Orden de 20 de agosto de 2010 por la que se regula la organización y funcionamiento de los institutos de educación secundaria.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía