[22-12-22] Pertenencia a varios departamentos

Pregunta

Si un/a profesor/a imparte clases de asignaturas que pertenecen a varios departamentos didácticos, ¿Debe asistir a las reuniones de cada uno de los departamentos? Gracias

Respuesta

Lo único que se contempla al respecto, es lo recogido en el art. 92 del Decreto 327/2010 por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los institutos de educación secundaria, donde se estipula que el profesorado que imparta enseñanzas asignadas a varios departamentos pertenecerá a aquel en el que tenga mayor carga lectiva, debiendo garantizarse para este profesorado, no obstante, la coordinación con el resto de departamentos con los que esté relacionado.

Por lo expuesto, entendemos que solo estaría obligada a asistir a las reuniones del departamento donde tenga más carga lectiva, que es al que oficialmente pertenece, pudiendo asistir a las reuniones del resto si entiende que son de relevancia para usted las decisiones que se adopten. Asimismo, consideramos que en el caso de que se diera una coincidencia en cuanto al horario de las reuniones de varios departamentos, se deberían arbitrar en la medida de lo posible, los mecanismos para que pudiera asistir a las reuniones coincidentes para que no se vean vulnerados sus derechos.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantarla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía