[29-12-22] Duración permiso no retribuido

Pregunta

Existen dos permisos sin sueldo, el (25) permiso por asuntos particulares sin retribución, que es 3 meses cada dos años; y (26) "otros permisos no retribuidos", mi duda es: ¿éste último es cada dos años o cada año? no he encontrado nada al respecto, pero si no dice nada, entiendo que es cada año... gracias

Respuesta

Lo único que se contempla en la Circular de 11 de junio de 2021 sobre permisos, licencias y reducciones de jornada del personal docente, en el apartado III.26, es que la suma de los permisos contemplados en este apartado (otro permiso no retribuido), del permiso contemplado en el apartado III.4.3 (permiso no retribuido por razones de formación), del permiso contemplado en el apartado III.16 (permiso no retribuido por colaboración con alguna ONG) y del permiso contemplado en el apartado III.25 (permiso por asuntos particulares no retribuidos), no podrá exceder de doce meses cada dos años.

Por lo expuesto, entendemos que, al no haberse fijado otra limitación, ni en el Acuerdo de 9 de julio de 2013 del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el acuerdo de la Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, de 3 de junio de 2013, ni en la Circular de 11 de junio de 2021, la única limitación que existiría sería la que le hemos expuesto.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía