[20-01-23] Participación concurso de traslados personal que solicita comisión de servicio por conciliación familiar y laboral

Pregunta

Soy profesor funcionario de Formación Profesional.No pude participar en el concurso de traslados el pasado noviembre al ser mi primer año con destino definitivo (por lo visto no se podía). En marzo se abrirá el conocido como "concursillo", pero uno de los requisitos es haber participado en el concurso de traslados. Como no pude, no sé si también me estaría vetada la participación en dicho proceso y, de ser así, quisiera saber si hay alguna otra forma de poder pedir mi traslado a Estepona para el próximo curso escolar ya que por motivos familiares necesito estar en mi municipio. ¿Podrían orientarme en este sentido?
Muchas gracias por su atención.

Respuesta

El art. 13.7 de la Orden de 10 de junio de 2020 por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y victimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas, recoge que  que el personal funcionario de carrera que haya obtenido una comisión de servicio por razones de conciliación de la vida familiar, personal y laboral, para poder concurrir al procedimiento de adjudicación de destinos provisionales deberá cumplir con el requisito de haber participado en el concurso de traslados cuya toma de posesión coincida con la del procedimiento de adjudicación de destinos provisionales, salvo que la normativa vigente le hubiera impedido su participación o hubiese actuado como miembro de las Comisiones de Baremación del Concurso General de Traslados.

En su caso, al no haber podido participar en el concurso de traslados, al impedírselo los artículos 2 y 11 del Real Decreto 1364/2010 por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006 de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos (BOE de 30 de octubre), que establecen que para participar en el concurso de traslados será necesario que hayan transcurrido al menos dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo que desempeñe,  sí podrá solicitar una comisión de servicio por conciliación y en el caso de que la obtenga, participar en el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de COOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía