[23-01-23] Baremación concurso de traslados

Pregunta

¿Al profesorado interino que ejerce algún cargo (jefe de departamento, coordinador de algún programa, etc.) se le consideran esos cargos como méritos en el caso en que aprobasen las oposiciones a efectos del concurso de traslado?
Gracias de antemano.
Un saludo.

Respuesta

Tal y como aparece estipulado en el baremo de la última convocatoria de concurso de traslados realizada por Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos (BOJA de 14 de octubre), por los subapartados 4.1, 4.2, 4.3, 6.4 y 6.6 se valorará su desempeño como personal funcionario de carrera, en prácticas o interino.

4. Desempeño de cargos directivos y otras funciones

4.1. Ejercicio de la dirección en centros públicos, en Centros de Profesorado, en Agrupaciones de Lengua y Culturas españolas y como Primer Responsable de la Dirección de Centros de Educación Permanente
4.2. Desempeño de la Vicedirección, Subdirección, Secretaría, Jefatura de Estudios, Jefatura de Estudios Adjunta, Vicecoordinación de centros de Educación Permanente de más de 5 unidades, Segundo Responsable de le dirección de Centros de Educación Permanente, Jefatura de Estudios Delegada y Secretaría Delegada de Extensión o Sección de IES.
4.3. Otras funciones docentes: Desempeño de la coordinación de ciclo, asesoría en Centros de Profesorado, colaboración de formación, jefatura de departamento, coordinación didáctica, coordinación del Equipo de Orientación Educativa, así como por el desempeño de la función tutorial ejercida a partir de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación


6. Otros méritos

6.4. Desempeñando de puestos en la Administración educativa de nivel de complemento de destino igual o superior al asignado al cuerpo por el que participa.
6.5…
6.6. Por cada año curso de tutorización de las prácticas del título universitario oficial de Máster o, en su caso, de la formación equivalente regulada por la Orden EDU/2645/2011, de 23 de septiembre (BOE de 5 de octubre), para acreditar la formación pedagógica y didáctica exigida para ejercer la docencia en determinadas enseñanzas del sistema educativo, así como de las prácticas para la obtención de los títulos universitarios de grado que lo requieran.


Por lo expuesto, los cargos y funciones en los que valorará su desempeño como personal funcionario de carrera, en prácticas o interino, serán los relacionados en estos subapartados, en los cuales, sí se encuentra incluida la jefatura de departamento, pero no la coordinación de programas educativos, encontrándose ésta incluida en el apartado subapartado 6.2.

6.2. Por premios de ámbito autonómico, nacional o internacional, convocados por el Ministerio de Educación o por las Administraciones educativas, por la participación en proyectos de investigación e innovación en el ámbito de la educación y por la coordinación o participación en planes y proyectos educativos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales y en el I Plan de Igualdad entre hombres y mujeres en la educación.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía