[27-01-23] Incompatibilidad pensión de jubilación

Pregunta

Respuesta

Tal y como aparece recogido en el folleto sobre jubilaciones del personal acogido al Régimen de Clases Pasivas del Estado, el supuesto que nos plantea de compatibilidad, está referido solo a la compatibilidad de la pensión de jubilación forzosa percibiendo el 100% del haber regulador y el desarrollo de una actividad de creación artística por la que se perciban ingresos derivados de derechos de propiedad intelectual, incluidos los generados por su transmisión a terceros, es decir el supuesto contemplado en el art. 33.2 del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado en su redacción dada por la  Ley 11/2020, de 30 de diciembre, no estando por lo tanto referido a cualquier actividad.

Una vez expuesto lo anterior, si esa es su situación, efectivamente podría compatibilizar la percepción de derechos derivados de la propiedad intelectual con el abono del 100% de su pensión jubilación, debiendo darse de alta en el Régimen de la Seguridad correspondiente si se puede considerar esa actividad como habitual, considerándose como tal por el Tribunal Supremo, cuando se perciben unos ingresos superiores al SMI en cómputo anual. (STS 2483/2007, Recurso 5006/2005). En cualquier caso, le recomendamos que en base a sus concretas circunstancias consulte la obligación de darse de alta en la Tesorería de la Seguridad Social.

En el caso de que no se tratara de una actividad artística, pero sí se tratara de una jubilación forzosa percibiendo el 100% del haber regulador, se podría compatibilizar la segunda actividad por cuenta propia o ajena, pasando a percibir en ese caso el 50% de la cuantía de la pensión, salvo que la actividad sea por cuenta propia y se acredite tener al menos a un trabajador contratado por cuenta ajena, en cuyo caso sí se podrá continuar percibiendo el 100% de la pensión correspondiente.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía