[01-02-23] Adscripción al Régimen de Clases Pasivas del Estado

Pregunta

Mi consulta es la siguiente: Yo aprobé las oposiciones de profesor de enseñanza secundaria en Julio de 2010 y el 1 de septiembre de 2010 fui nombrado funcionario en prácticas y en septiembre de 2011 fui nombrado funcionario de carrera. Mi duda es la siguiente: A la hora de la jubilación ¿pertenezco al régimen de las clases pasivas o pertenezco al régimen general de la seguridad social? Gracias de antemano.

Respuesta

La disposición adicional tercera del Real Decreto Legislativo 8/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social estipula que:  

Con efectos de 1 de enero de 2011, el personal que se relaciona en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, excepción hecha del comprendido en la letra i), estará obligatoriamente incluido, a los exclusivos efectos de lo dispuesto en dicha norma y en sus disposiciones de desarrollo, en el Régimen General de la Seguridad Social siempre que el acceso a la condición de que se trate se produzca a partir de aquella fecha”.

En su caso, al estar incluido el personal funcionario en prácticas en el apartado h) del art. 2.1 del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado, y haber accedido a dicha condición en el mes de septiembre del año 2010, debe estar incluido en el ámbito de aplicación de la Ley de Clases Pasivas del Estado, y por lo tanto la jubilación se llevará a cabo conforme a dicho régimen.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.