[17-02-23] Cese voluntario interino

Pregunta

Buenos días y gracias por su respuesta anterior en la que me clarifican las consecuencias del abandono del puesto de trabajo recogido en el Art. 51 de la Orden del 10 de junio, pero no así el procedimiento a seguir ni si debo comunicar este abandono con algún tipo de preaviso.

Les agradecería si me pudieran aclarar esto, ya que no encuentro en la orden nada que lo especifique.

Un saludo y gracias de nuevo,

Respuesta

En la normativa de la función pública no está fijado ningún plazo de preaviso para el supuesto del cese voluntario por parte del personal funcionario, al contrario, de lo que ocurre en el caso en el caso de los trabajadores que no tienen dicha condición en cuyos convenios sí se contempla dicho plazo.

En cualquier caso, le recomendamos que comunique su decisión a la dirección del centro y la Delegación territorial correspondiente, con la mayor antelación posible para evitar perjudicar en la medida de lo posible, la prestación del servicio educativo.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía