[02-03-23] Cómputo en el concurso de traslados de servicios prestados en la Universidad

Pregunta

Me gustaría saber si podéis asesorarme sobre el concurso de traslados de este año: es correcto poner en el punto 6.4. el tiempo trabajado en la enseñanza en la universidad de Alemania. Lo puse aquí porque después de leerlo y releerlo fue el único punto que me pareció adecuado. Os lo pregunto porque quiero estar asesorada por si no me lo reconocen, y para mí es muy importante, ya que esto supone muchos puntos, ¿es correcto y me lo tienen que reconocer?
Gracias

Respuesta

La impartición de enseñanzas universitarias no se encuentra incluida en el baremo del concurso de traslados en ninguno de sus apartados.

En este sentido indicarle que cuando el apartado 6.4 del baremo de la Resolución de 11 de octubre de 2022 de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados, hace referencia a “Por cada año de servicio desempeñando puestos en la Administración educativa de nivel de complemento de destino igual o superior al asignado al cuerpo por el que participa”, se está haciendo referencia a servicios prestados en la Administración periférica (Delegaciones Territoriales)  o en la Administración Central (Consejería de Educación o Ministerio de Educación), es decir, a puestos de estas estructuras administrativas,  no a puestos docentes.

Por lo expuesto, entendemos que no le van a ser baremados los servicios prestados en la Universidad, al no estar incluidos entre los servicios baremables, ni en el Real Decreto 1364/2010 por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes ni en las convocatorias que se realizan.  

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía