[02-03-23] Asistencia sesiones telemáticas

Pregunta

¿Es obligatorio tener la cámara activada en reuniones orgánicas on line de los centros públicos, si no se está interviniendo? ¿Es compatible está situación con la Ley de Protección de datos? Él no se niega a abrir la cámara cuando vaya a hablar, pero mientras está en silencio, dice que se vulnera su derecho a la intimidad y la protección de datos, ya que no sabe lo que puede hacer otra persona de su claustro con su imagen en el cuadro, mientras no está hablando.
Gracias

Respuesta

Si se trata de una sesión de un órgano del centro y cuya asistencia es obligatoria, ya que forman parte del horario de obligada permanencia en el centro, aunque se realicen de forma telemática, consideramos que la cámara debe estar conectada, aun cuando no se esté interviniendo, ya que, de lo contrario, además de una falta de cortesía, no sería posible constatar la asistencia efectiva. Además, debe tener en cuenta que el mismo uso indebido puede hacerse cuando usted esté interviniendo, por lo que no tiene mucho sentido la desconexión por esta causa.

En cuanto a la vulneración de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, indicarle que, las imágenes son un dato protegido por esta ley, por lo que entendemos que, si un compañero, difunde su imagen o hace cualquier otro uso indebido de la misma, se estaría produciendo una vulneración de dicha disposición y una intromisión en el derecho a la intimidad, debiendo estar al uso que haga, ya que, dependiendo de las circunstancias, de la gravedad de los hechos y del uso que se dé a éstas, podrían instarse acciones civiles, o incluso penales, recomendándole que en el caso de que así sea contacte si lo desea con su Sindicato Provincial.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía