[07-03-23] Reforma Clases Pasivas

Pregunta

Viendo las noticias que vienen de Francia sobre la reforma de las pensiones, a mí y a muchos profesores funcionarios del régimen de clases pasivas se nos crea la inquietud de si en España podría ocurrir algo así, refiriéndome al hecho de que funcionarios que están próximos a jubilarse se encuentren con que de pronto tengan que esperar unos años más. Voy a cumplir 58 años y mi intención es jubilarme dentro de dos con 35 años cotizados en clases pasivas. Mi duda es si en ese caso se puede exigir jurídicamente el respeto a los derechos adquiridos. Hasta ahora, eso se ha venido respetando y cuando el gobierno de Rodríguez Zapatero suprimió el régimen de clases pasivas, lo hizo solo para los funcionarios que ingresaron a partir de 2011, incluyendo el derecho a la jubilación voluntaria a partir de los 60 años. Cuando se aumentó la edad de la jubilación por el Régimen General de la Seguridad Social, se hizo paulatinamente respetando los derechos de los años de cotización hasta el momento de la reforma. Incluso el partido Podemos, acérrimo enemigo de Muface, Isfas y Mugeju, planteó la desaparición de estas mutualidades solo para los nuevos funcionarios. ¿Podría un gobierno de España suprimir de forma general mediante una ley o decreto la jubilación voluntaria o directamente las pensiones de las clases pasivas para todos los funcionarios sin excepción?

Respuesta

Teniendo en cuenta que el Régimen de Clases Pasivas es un régimen ya a extinguir, en tanto en cuanto, todos los funcionarios y funcionarias que ingresan en los distintos Cuerpos, desde el 1 de enero de 2011 se adscriben al Régimen General de Seguridad Social, no creemos que se produzcan cambios sustanciales en la normativa reguladora, aunque no podemos asegurar que eso no ocurra, ya que no existen derechos adquiridos, ni estamos en el Gobierno ni formamos parte del Congreso de los Diputados. Pero si podemos asegurar que CCOO luchará con todas sus fuerzas para que no se produzcan retrocesos en nuestros derechos reconocidos en las leyes actualmente vigentes.

Asimismo debe tener en cuenta que cuando se han producido cambios en las pensiones que podían interpretarse como un retroceso, nunca se han introducido de forma inmediata, sino que se han aplicado progresivamente en varios años, de manera que, desde el momento de su publicación en el BOE hasta su implantación definitiva, ha existido un sistema transitorio que ha propiciado que los cambios producidos prácticamente no alteren las previsiones, en cuanto a fechas y derechos, de los que estaban cerca de la jubilación.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía