[09-03-23] Baremación nivel avanzado oposiciones

Pregunta

En el borrador de la nueva convocatoria de oposiciones se señala que solo se va a tener en cuenta para el baremo el certificado B2 de idiomas si es ANTERIOR a 2017. Anterior. No posterior, sino anterior. Discriminando a las personas que tienen el mismo título obtenido tras ese año. Lo cual es ilógico, incomprensible y esconde visos de inconstitucionalidad.
Puestos a discriminar a parte de los opositores por una fecha (lo cual ya tiene luces de inconstitucionalidad), será más lógico discriminar a los que tienen B2 de hace años y no se han preocupado por actualizarse y solo tener en cuenta para los puntos del baremo a los que tienen el título B2 actualizado en los últimos años. El nivel de inglés de alguien que se sacó el B2 hace un año es mucho mayor que el de alguien que se sacó el B2 en 2010 y no se ha preocupado en actualizarse.
Estoy muy preocupado por esta cuestión. Me gustaría por favor, que desde los servicios jurídicos de la Federación de Enseñanza se intente hacer presión sobre este asunto importante para miles de funcionarios andaluces. No se puede permitir que se discrimine a una parte de los mismos, precisamente los que se han preocupado por actualizarse estos últimos años para tener la máxima nota en el baremo y poder lograr la plaza.
Gracias por su atención.
Saludos cordiales.

Respuesta

Debido a que en la próxima convocatoria de oposiciones sólo está prevista la baremación de los certificados de nivel avanzado, efectivamente solo pueden baremarse los certificados B2 obtenidos con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2, de las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se establecen las equivalencias entre las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudios y las de este real decreto, ya que hasta esa fecha el certificado B2 sí tenía la consideración de nivel avanzado, en virtud de lo recogido en el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, pasando a tener la consideración de nivel  intermedio a partir de la derogación de esta disposición y la entrada en vigor del citado Real Decreto 1041/2017.

En cualquier caso, le trasladaremos su inquietud a los compañeros que se sientan en las Mesas de negociación.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
 
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía