[28-03-23] Regulación evaluación bachillerato personas adultas

Pregunta

Quiero hacerles una consulta sobre el Bachillerato para personas adultas. ¿Cuántas convocatorias tiene el alumnado para estas enseñanzas? Por una parte, he leído que el alumnado dispone de seis convocatorias (entre ordinarias y extraordinarias) para superar cada una de las materias del Bachillerato, pero por otra he visto que esas seis convocatorias son el máximo para superar la enseñanza al completo, es decir, los dos cursos del bachillerato.
Me gustaría que me aclararan qué es lo que recoge la normativa. Por ejemplo, ¿un alumno tiene seis convocatorias para cada asignatura? Si esa asignatura es de las que tienen continuidad en los dos cursos, como Lengua, Filosofía o Inglés, ¿son seis convocatorias para la de primero y otras seis para las de segundo? Por último, me gustaría saber cuál es el decreto u orden en el que vienen regulados estos aspectos, a fin de poder consultarlo para otras posibles dudas.
Muchas gracias por su atención y un saludo.

Respuesta

Como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2020 de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y del Real Decreto el 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, en Andalucía se está tramitando el decreto que regule esta etapa para las personas adultas.

Debido a ello, la Consejería de Educación ha dictado la Instrucción 14/2022 de 24 de junio, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se establecen determinados aspectos sobre la ordenación del currículo y evaluación de la etapa de Bachillerato para personas adultas durante el curso 2022/2023, en cuyo apartado 4 del punto 5 de se recoge que:  

4. Cada materia podrá ser calificada, incluyendo las sesiones de evaluación ordinaria, extraordinaria o excepcional de febrero, hasta un máximo de seis veces, independientemente de la modalidad de enseñanza cursada por el alumno o la alumna.

De la redacción de dicha Instrucción y de la normativa que regula el currículo y la evaluación del bachillerato y del resto de enseñanzas debe deducirse que al hacer referencia a cada materia, en el caso de las materias con continuidad, serían hasta seis calificaciones tanto para las del primer curso como para las del segundo curso.

En cuanto a la normativa que regula los aspectos relacionados con la evaluación del Bachillerato de personas adultas, ahora mismo hasta que no se apruebe la nueva normativa, tal y como aparece recogido en la citada Instrucción, le será de aplicación el Real Decreto 243/2022, de 5 de abril.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía