[05-04-23] Alegaciones baremación proceso selectivo directores

Pregunta

He participado en el proceso de selección de directores de este curso y en el baremo que se publicó el pasado viernes 31 de marzo no me han valorado 1.2.3 de la Orden de 9 de noviembre de 2020, por la que se desarrolla el procedimiento de acceso a la función directiva (BOJA de 19 de noviembre) por "En el caso de personal funcionario docente del subgrupo A1, no se valoraran por este apartado, en ningún caso, los estudios de segundo ciclo que hayan sido necesario superar (primer ciclo) para la obtención del primer título de ingeniería que se presente. Yo accedí al cuerpo A1 con el título de ingeniero técnico Industrial en la especialidad de Tecnología, ahora en el concurso he presentado el título de Ingeniero en Organización Industrial de fecha 31/01/2005 que no se me ha tenido en cuenta. Esta medida considero que vulnera el precepto de capacidad, igualdad y merito que debe regir todo proceso de selección en la Administración Pública.
Mi planteamiento es:
1º Existe jurisprudencia al respecto que pueda alegar.
2º Si no es en este apartado en cual debo presentarlo
3º El periodo para recurrir esta abierto desde hoy 3 de abril hasta el 5 de abril (periodo vacacional de Semana Santa para los funcionarios docentes) Si estamos de vacaciones no puedo alegar otros méritos (como haber formado parte del Consejo Escolar) que me debe firmar el secretario del centro.
4º Puedo alegar que me computen el título de ingeniero en el apartado 1.1.2 como un Máster que vale 1'5 puntos frente a los 2'5 que vale en el apartado 1.2.3.

Respuesta

La Administración en su potestad de autoorganización puede concretar los méritos que se van a tener en cuenta, los criterios aplicables y los requisitos exigidos para su baremación. Por ello entendemos que salvo que lo recogido, en cuanto a la baremación de los méritos en la Orden de 9 de noviembre de 2020, por la que se desarrolla el procedimiento de acceso a la función directiva y la evaluación, formación y reconocimiento de los directores, las directoras y los equipos directivos de los centros docentes públicos no universitarios, se basara en criterios subjetivos, discriminatorios, o se vulnerara el principio de legalidad o algún derecho fundamental, circunstancias que entendemos no concurrirían en este caso, cualquier reclamación que plantee más allá del ámbito administrativo le va ser desestimada, ya que en ningún caso, se ha vulnerado lo recogido en la convocatoria y dicho criterio le ha sido aplicado a todos los candidatos por igual, debiendo valorar los gastos que conllevaría acudir a la vía contencioso- administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, incluida la condena en costas.    

En cuanto a las cuestiones  planteadas sobre la posibilidad de encuadrar este título de ingeniero en otro apartado, y sobre que el título de ingeniero le fuera baremado como un máster, indicarle que entendemos, respecto a lo primero, que no habría ningún apartado en el que pudiera quedar encuadrado el título de ingeniero, y en cuanto al título de máster, que aunque se haya establecido la equivalencia al nivel 3 MECE estaríamos ante la misma situación, que con el título de ingeniero, ya que  es el exigido para el ingreso en la función pública.

En cualquier caso, aléguelo si lo desea y espere respuesta, aunque consideramos que en base a lo recogido en el art. 5 de la Orden de 9 de noviembre de 2020, “No se tendrán en cuenta los méritos no invocados en la solicitud”, no le va ser tenido en cuenta, al igual que haber formado parte del Consejo Escolar, si no lo alegó en su momento.

Por último, en cuanto al hecho de que el periodo de alegaciones coincida con el periodo vacacional, aunque entendemos que publicar la resolución en estas fechas, es difícil de entender, puesto que la propia administración reduce su funcionamiento, debe tener en cuenta que, aunque el personal docente esté de vacaciones lectivas se trata de un periodo hábil a todos los efectos en el ámbito administrativo, estando así previsto en el calendario del procedimiento de concurso de méritos recogido en la convocatoria.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía