[19-04-23] Reingreso tras excedencia por prestación de servicios en el sector público

Pregunta

Estoy en excedencia por prestación de servicios en el sector público. Actualmente trabajo en el Servicio Andaluz de Salud. Tengo mi destino definitivo en Castilla La Macha. He participado en el Concurso de Traslados y en la adjudicación provisional me han adjudicado un centro en Andalucía.

Me surge las siguientes dudas:

1. ¿Puedo solicitar el reingreso en Castilla La Mancha y trabajar hasta finalizar el curso? En caso afirmativo y de no existir vacante en la provincia en la que hubiera tenido mi último destino tendría derecho a percibir las retribuciones correspondientes.
2. Por otro lado, entiendo que no tendría problema para incorporarme al centro que me adjudiquen en la adjudicación definitiva del CONCURSO DE TRASLADOS (ANDALUCÍA), ya que mi destino lo tendría en esta Comunidad.

Gracias de antemano
Un saludo

Respuesta

Usted podrá solicitar una excedencia en el SAS y el reingreso en la Comunidad de Castilla La Mancha hasta la finalización del curso. En cualquier caso, debe tener en cuenta que debido a que se trata de una excedencia por servicios en el sector público, contemplada en el art. 15 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, al haber perdido su destino definitivo, le asignaran un destino provisional, cuando haya una vacante en la provincia en la que hubiera tenido su último destino, con efectos económicos desde la fecha de toma de posesión, no estando prevista en esta modalidad de excedencia la habilitación en nómina, hasta que se obtiene un destino. (Resolución de 15 de febrero de 1996 de la Secretaria de Estado para la Administración Pública y de la Secretaría de Estado de Hacienda, por la que se dictan reglas aplicables a determinados procedimientos en materia de reingreso al servicio activo y de asignación de puestos de trabajo).

En cuanto a la segunda cuestión planteada, si en la adjudicación definitiva del concurso de traslados, le adjudican finalmente el destino adjudicado provisionalmente, usted pasará a tener su destino definitivo en Andalucía y tendrá que incorporarse al mismo, el día 1 de septiembre de 2023, ya que los destinos definitivamente adjudicados son irrenunciables, tal y como aparece recogido en el art. 19 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos, y en la Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía