[20-04-23] Disfrute del permiso de paternidad de forma interrumpida

Pregunta


Mi mujer, también docente, está embarazada, he leído en la normativa al respecto que para mi permiso de paternidad lo puedo coger de manera interrumpida, mi pregunta es: ¿podría coger primero tres meses y una vez que ella agote su permiso coger yo lo que me queda?

Gracias y saludos.

Respuesta

La regulación del permiso de paternidad se encuentra contemplada en el art. 49.c) del Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el apartado III.21 de la Circular de 11 de junio de 2021 sobre licencias, permisos y reducciones de jornada del personal docente.

En dicha regulación efectivamente está prevista la posibilidad de poder solicitar el disfrute de este permiso de forma interrumpida, cuando el otro progenitor se encuentre desarrollando una actividad laboral y siempre que seis semanas se disfruten obligatoriamente, de forma inmediatamente posterior al nacimiento.  

En su caso, al estar trabajando la madre, circunstancia que deberá acreditar, podría disfrutar de tres meses de permiso, y posteriormente cuando finalice el permiso de la madre, del resto, ya que la única limitación que existe es que se disfrute en el plazo de doce meses desde la fecha del nacimiento.

En cualquier caso, lo que debe tener en cuenta es que para cada periodo de disfrute deberá presentar una solicitud en su centro de destino, mediante el modelo normalizado Anexo I con una antelación de al menos 15 días hábiles, y que los periodos de disfrute deben ser de al menos dos semanas completas.   

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía