[25-04-23] Disfrute de permisos relacionados con la paternidad y realización fase de prácticas
Pregunta
Soy funcionario en prácticas y fui padre en el mes de agosto de 2022. Al ser funcionario en prácticas, desde inspección se me informó que debía realizar un mínimo de cuatro meses obligatorios, por lo que lo puse en conocimiento de la Delegación y las personas que gestionaban mi permiso. Se me indicó que me incorporase justo antes de las vacaciones de navidad, y que, tras realizar los cuatro meses obligatorios, solicitase tanto la lactancia acumulada como el mes de agosto no disfrutado que me quedaban aún.
En todo momento se me indicó que tenía hasta que mi hijo cumpliese un año para disfrutar de ese permiso, la única condición era que tenía que solicitarlo con quince días de antelación mínimos a través de la ventanilla electrónica del centro. Quiero incidir en esto, ya que nunca se me comunicó, informó, insinuó, nada que no fuese que podía disfrutar de estos dos meses cuando cumpliese los cuatro meses de prácticas y siempre hasta el 1 de agosto de 2023.
Una vez superada la fase de prácticas, solicito a través de la ventanilla electrónica de mi centro el disfrute del resto del permiso, pero la jefa del servicio de gestión de recursos humanos, me indica que: "la lactancia la he perdido, y el mes de vacaciones no disfrutadas por Ley me lo da en julio".
¿Es esto así? ¿No tengo derecho a disfrutar de mi permiso cuando quiera siempre que esté dentro del año natural tal y como me indicaron?
Gracias de antemano
Respuesta
En cuanto al disfrute del permiso de lactancia de forma acumulada, debe tener en cuenta que tal y como aparece recogido en el art. 48.f) del Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el apartado III.7 de la Circular de 11 de junio de 2021 sobre licencias, permisos y reducciones de jornada del personal docente, en el supuesto de que se opte por el disfrute acumulado del permiso de lactancia, su disfrute se llevará a cabo inmediatamente después del disfrute del permiso de paternidad y el permiso adicional de cuatro semanas, por lo que efectivamente no podrá disfrutar de dicho permiso de forma acumulada.Para poder disfrutar de todos los permisos relacionados con la paternidad y realizar el periodo mínimo de la fase de prácticas, tendría que haber solicitado el disfrute interrumpido del permiso, si la madre trabaja, y disfrutar de las seis semanas de descanso obligatorio tras el nacimiento, a continuación incorporarse, y una vez realizados los cuatro meses de servicios efectivos, solicitar el disfrute del resto del permiso de paternidad, las cuatro semanas adicionales, y el permiso de lactancia.
Ahora la única opción que tendría, dadas las circunstancias, sería, aunque ya haya solicitado el permiso de lactancia de forma acumulada, y podrían denegárselo por esta causa, solicitarlo de nuevo para disfrutarlo mediante la modalidad de reducción de jornada, ya que éste está previsto hasta que el menor cumpla los 16 meses, pudiendo solicitar o bien una hora de ausencia que podrá dividir en dos fracciones, o una reducción de jornada en media hora al inicio y al final de éste, o en una hora al inicio o al final de la jornada.
En lo que respecta a las vacaciones, al igual que ocurre con el permiso de lactancia, en el apartado III.21 de la Circular de 11 de junio de 2021 se dispone que cuando las vacaciones coincidan con el permiso de paternidad, éstas deberán disfrutarse de forma inmediatamente posterior a la finalización de todos los permisos relacionados con la paternidad.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía