[19-05-23] Rehabilitación condición funcionario

Pregunta

Mi consulta es la siguiente: hace 4 años me jubilé, pero ahora estoy pensando si sería posible volver a incorporarme. Si puedo incorporarme de nuevo, quiero saber qué tengo que hacer. muchas gracias. un saludo

Respuesta

La rehabilitación de la condición de funcionario solo se podrá solicitar en los supuestos contemplados en el art. 68 del Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:  

- En caso de extinción de la relación de servicios como consecuencia de pérdida de la nacionalidad, una vez desaparecida la causa que la motivó.
- En caso de extinción de la relación de servicios como consecuencia de la jubilación por incapacidad permanente para el servicio, una vez desaparecida la causa objetiva que la motivó.
- Con carácter excepcional, en caso de haber perdido la condición de funcionario por haber sido condenado a la pena principal o accesoria de inhabilitación, atendiendo a las circunstancias y entidad del delito cometido.

Por lo expuesto, salvo que concurra alguno de estos supuestos, no podrá solicitar la rehabilitación de su condición de funcionaria pública, estando recogido el procedimiento en el Real Decreto 2669/1998, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el procedimiento a seguir en materia de rehabilitación de los funcionarios públicos en el ámbito de la Administración General del Estado.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía