[26-05-23] Efectos presentación fuera de plazo de solicitud de participación en el procedimiento de integración del profesorado del Cuerpo de PTFP en el Cuerpo de PES.

Pregunta

Referente a la Resolución de 1 de febrero de 2023, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria pública para la integración del profesorado del cuerpo, a extinguir, de profesores técnicos de formación profesional, dependiente de la Administración Educativa Andaluza, en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.
En mi caso, por un error de baile de fechas, entregué la solicitud pasado el plazo, exactamente el día 16 de marzo del 2023.

Desde el 08-10-2002 presto servicio en activo como interina sin interrupciones y en 2006 soy funcionaria de carrera en activo hasta el día de hoy.
Publicado el listado provisional del personal admitido y excluido, no aparezco en los mismos.
Y presento la solicitud de alegación para ser tenida en cuenta en el listado definitivo. En el cual tampoco aparezco ni en el listado de admitidos ni de excluidos.
¿Debería presentar recurso de reposición?

Respuesta

Al no haber presentado la solicitud en el plazo fijado en la convocatoria, usted no está incluida en ella, por lo que no puede aparecer ni en el listado de personal excluido ni en el listado de personal admitido, debiendo tener en cuenta que el cumplimiento de los plazos es una cuestión de obligado cumplimiento, tanto para la Administración como para los administrados, no pudiendo por lo tanto la Administración obviar dicho plazo admitiéndola a usted en la convocatoria, ya que incluso podría considerarse una prevaricación por parte de ésta.  

Es por ello, por lo que usted se encontraría en el supuesto recogido en la base undécima de la Resolución de 1 de febrero de 2023, donde se dispone que:

Undécima. Reconocimiento del derecho una vez resuelta esta convocatoria de integración.
1. El personal funcionario de carrera del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional que reuniese los requisitos y cumpliera las condiciones establecidas en la presente convocatoria con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en la base cuarta, o bien no hubiese solicitado la integración dentro de este plazo, podrá solicitarlo posteriormente, mediante un procedimiento abierto, a través del Portal del Personal Docente de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Real decreto 800/2022, de 4 de octubre.
2. Este profesorado deberá reunir los requisitos recogidos en la base tercera y cumplir con el resto de condiciones establecidas en la presente convocatoria en el momento de efectuar su solicitud de integración en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
3. La solicitud del reconocimiento de este derecho solo podrá efectuarla este personal hasta el 19 de enero de 2026, de conformidad con lo establecido en el artículo 8.3 del Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre.
4. Los efectos de las resoluciones estimatorias de integración que se produzcan en los casos previstos en esta base se referirán a la fecha de presentación de la solicitud que efectúe la persona interesada.


En cualquier caso, lo que debe tener en cuenta es que los efectos del reconocimiento, serán desde la fecha de presentación de la solicitud, es decir desde el día 16 de marzo de 2023.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de la página web de CCOO Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía