[31-05-23] Gratuidad enseñanza educación infantil

Pregunta

Trabajo en una escuela infantil conveniada con la Junta de Andalucía, según mi convenio colectivo mi hijo tiene derecho a la estancia y/o enseñanza en dicho centro y de manera gratuita, siendo este el único caso, pero al aplicar el baremo de la junta para la adjudicación de plaza no obtiene la puntuación necesaria, ¿esto quiere decir que ya no tiene derecho a dicha plaza y permanecer en lista de espera o tiene preferencia lo que se dice en el convenio? Gracias de antemano.

Respuesta

Su hijo a lo que tiene derecho es a la gratuidad de la estancia y/o enseñanza, pero siempre que obtenga plaza en el centro conforme a los criterios recogidos en el art. 35 del Decreto 149/2009 de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil,

a) Existencia de circunstancias sociofamiliares de grave riesgo para el niño o niña.
b) Que se trate de hijos o hijas de mujeres atendidas en los centros de acogida para mujeres víctimas de la violencia de género.
c) Que se trate de hijos o hijas de víctimas de terrorismo.
d) Que el padre y la madre, las personas que ejerzan la guarda o tutela o, en el caso de las familias monoparentales, la persona que, de forma efectiva, tenga la guarda o custodia del o de la menor desarrollen una actividad laboral.
e) Que el padre, la madre o la persona que ejerza la guarda o tutela del niño o niña preste sus servicios como trabajador o trabajadora en el centro educativo solicitado, siempre que éste se haya solicitado como primera opción.
f) Proximidad al centro del domicilio o lugar de trabajo del padre, de la madre o de la persona que ejerza la guarda o tutela del niño o niña.
g) Existencia de hermanos o hermanas matriculados en el mismo centro.
h) Condición de familia monoparental o numerosa.
i) Que el niño o la niña esté recibiendo tratamiento financiado con fondos públicos por un trastorno del desarrollo en un Centro de Atención Infantil Temprana de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
j) Que el grado reconocido de discapacidad del niño o la niña para quien se solicita el puesto escolar o de algún miembro de su unidad familiar sea igual o superior al 33%.
k) Renta anual de la unidad familiar.


Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía