[02-06-23] Solicitud compensación horario tras actividad complementaria
Pregunta
He estado de viaje de fin de curso dos días con el alumnado. Salimos un jueves a las 9.00 horas y volvimos el viernes a las 19.00 horas. ¿Tengo derecho a que se me descuente del horario de exclusiva? Si es así ¿Cuántas horas me corresponderían?
Respuesta
No existe ninguna disposición ni en la normativa que regula las actividades complementarias ni en la normativa que regula la jornada del personal docente donde expresamente se prevea la posibilidad de solicitar la compensación horaria en el caso del profesorado que acompaña al alumnado a alguna de estas actividades, en cualquier en CC.OO venimos reivindicando que exista una “compensación horaria” cuando se acredite un aumento de la jornada legalmente establecida, y que la Administración Educativa establezca aquellos mecanismos necesarios para “equilibrar” este incremento extraordinario de la jornada, por ejemplo, con las horas no lectivas que figuran en el horario individual.Por lo expuesto al no existir ninguna regulación, lo que tendrá que hacer en primer lugar es solicitar a la dirección de su centro, que le compensen el horario que excede de su jornada en cómputo semanal, con reducción del horario de permanencia en el centro y una vez le contesten, en el caso de que sea en sentido denegatorio, impugne dicha denegación, debiendo tener en cuenta que una vez agotada la vía administrativa la única opción sería la vía contencioso-administrativa que conlleva unos gastos incluida la condena en costas en caso de que sus pretensiones sean desestimadas.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía