[06-06-23] Jubilación anticipada por discapacidad

Pregunta

Me gustaría leer alguna normativa o ley en referencia a la jubilación con discapacidad. Sólo pedirle enlace de alguna web para poder leerla. Gracias y saludos.

Respuesta

En el Régimen General de la Seguridad Social, la jubilación anticipada por discapacidad se encuentra recogida en el art. 206.bis del Real Decreto Legislativo 8/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en el Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento y en el Real Decreto 1539/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen coeficientes reductores de la edad de jubilación a favor de los trabajadores que acreditan un grado importante de minusvalía.

En cualquier caso, en este enlace puede acceder a toda la información al respecto:

 https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10963/28393/1712/1713#127264

En cuanto al Régimen de Clases Pasivas no se encuentra contemplada esta modalidad de jubilación, estando solo contempladas, además de las jubilaciones ordinarias y voluntarias, la jubilación por incapacidad permanente para el desempeño de las funciones fundamentales de su cuerpo (total) y la incapacidad permanente para el desempeño de toda profesión u oficio (absoluta). (Real Decreto legislativo 670/1987 e 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado).

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía