[07-06-23] Concurrencia oposiciones en situación de riesgo durante el embarazo

Pregunta


Soy interina con vacante informatizada en este curso 22/23. Llevo de baja desde el 30 de marzo. Me gustaría saber si estando de baja por ansiedad, vómitos y náuseas por embarazo de riesgo, puedo presentarme a las oposiciones de secundaria del día 18 de junio. Querría saber si hay por escrito alguna indicación sobre este tema, si se excluye en la convocatoria presente o si sería algo que tengo que especifica en algún documento de sanidad, o de la consejería de educación. Muchas gracias.

Respuesta

Entendemos que si su situación no le impide realizar las pruebas que conforman el proceso selectivo, no existe ningún impedimento legal para participar en dicho proceso, debiendo indicarle que existe alguna sentencia que ha venido a manifestar que la imposibilidad de llevar a cabo las labores docentes durante la situación de incapacidad temporal no implica necesariamente la imposibilidad de llevar a cabo otras actividades de carácter más puntual que conlleven el ejercicio de derechos profesionales.  

Además de lo expuesto, debe tener en cuenta que incluso en el caso de que tuviera alguna dificultad para concurrir a alguna o algunas de las pruebas, derivada de la situación en la que se encuentra, tenemos constancia de la existencia de sentencias del Tribunal Supremo, entre ellas la STS 5003/2012 de 6 de julio de 2012 dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en el Recurso de Casación 1351/2011 en las que se reconoce el derecho a aplazar el examen o a adaptarlo al estar acreditado que el día señalado para efectuar el examen la recurrente estaba absolutamente impedida, entendiendo que:

 “Sin negar el carácter vinculante que poseen las bases de cualquier convocatoria, debe reiterarse que su interpretación y aplicación debe hacerse siempre en el sentido más favorable a la mayor efectividad del artículo 23.2º CE y, en consecuencia, deberá ser rechazada cualquier aplicación de las mismas que conduzca a un resultado que no sea compatible con el derecho reconocido en el precepto constitucional que acaba de mencionarse. Y esta clase de resultado será de apreciar cuando la estricta aplicación de unas bases dificulte el acceso a la función pública en virtud de criterios carentes de racionalidad, con una desproporción manifiesta o derivados de hechos que no sean imputables al aspirante que sufriría la exclusión”.

En este sentido, en la base 7.5 de la Orden de 6 de marzo de 2023, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo, se recoge expresamente que:

“Las mujeres embarazadas que prevean la coincidencia del parto con las fechas de realización de cualquiera de los ejercicios, incluido el acto de presentación, por las circunstancias derivadas de su avanzado estado de gestación o, eventualmente, en los primeros días del puerperio, podrán ponerlo en conocimiento mediante escrito dirigido a la Comisión de selección correspondiente, adjuntando el correspondiente informe médico oficial con una antelación mínima de 72 horas, salvo causa de fuerza mayor, al objeto de adecuar los espacios necesarios, así como para determinar las fechas y horas de celebración de la fase de oposición del procedimiento fijado en esta resolución”.

Por ello, si usted tuviera alguna dificultad para concurrir al proceso selectivo, le recomendamos que, si desea presentarse, plantee esta cuestión a la Comisión de selección correspondiente por escrito, adjuntando un informe médico en el que se exponga sus circunstancias, solicitando que se le facilite la realización mediante las adaptaciones necesarias, o el aplazamiento en el caso de que fuera necesario.

Una vez usted presente dicha solicitud la comisión adoptará la decisión que corresponda, debiendo tener en cuenta que en ningún caso podrá demorarse la realización de la prueba más allá del final del periodo de publicación de calificaciones de cada prueba, para garantizar el derecho del resto de aspirantes a una resolución del procedimiento ajustada a los tiempos previstos en el proceso selectivo, tal y como aparece en la Orden de convocatoria.

Por último, indicarle que en el supuesto de que así se acuerde, se efectuará un nuevo llamamiento y en el caso de que no compareciera decaerá en todos sus derechos en el proceso selectivo.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía