[12-06-23] Jornada y complemento de destino enseñanza no reglada
Pregunta
Tengo alguna duda sobre el Convenio de enseñanza no reglada (al que se remite en todo mi contrato) y agradecería si pudieran arrojarme un poco de luz.
Si bien el Grupo II la jornada son 39h/semana, mi jornada que son 21h/s está calculada sobre 40h/s, correspondiendo un 52,5% en vez de un 53,8% ¿Es correcto tomar como base las 40h/s o deberían ser las 39h/s?
Por otro lado, el complemento de dedicación sería 109,69€/m me lo prorratean conforme al 52,5% quedando en 57,58€/m ¿Se puede prorratear o dado que este complemento tiene distintos intervalos debería de abonarse íntegramente? Muchas gracias, saludos.
Respuesta
Si usted tiene un porcentaje de jornada del 53,8%, y este porcentaje se aplica a la jornada de treinta y nueve horas semanales recogida en el art. 18 del IX Convenio colectivo de enseñanza y formación no reglada, para el personal de los grupos II, III y IV, daría un resultado de veinte horas, cincuenta y ocho minutos y cincuenta y cinco segundos, es decir veintiuna horas.En cuanto a la segunda cuestión planteada, sobre el complemento de dedicación, efectivamente entendemos que tal y como se dispone en el art. 31 del Convenio, al ser su porcentaje de jornada superior al 50% le correspondería percibir ciento nueve euros con sesenta y nueve céntimos al mes, ya que en este caso el propio Convenio determina la cuantía en función del porcentaje de jornada.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía