[21-06-23] Excedencia por ocupar otro puesto en la Administracion.
Pregunta
Me han comentado que podría pedir ahora una comisión de servicio sobrevenida entre comunidades por enfermedad propia. He conseguido plaza por el concurso de méritos. Yo soy docente en Andalucía. Me han dicho que cuando salga la definitiva tengo que mandar un expone solicita a delegación, pero me gustaría saber exactamente todo lo que tengo que hacer, documentos que tengo que mandar, a donde tengo que mandar el expone - solicita y todo lo necesario. Muchas gracias.
Respuesta
Si usted tiene ya la condición de funcionaria de carrera en Andalucía, y ha obtenido una plaza en el concurso de méritos de Cantabria, y desea continuar ocupando la plaza de Andalucía, lo que puede hacer es solicitar pasar a la situación de excedencia voluntaria por prestación de servicios en otra Administración, recogida en el art. 15 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, en la plaza obtenida en Cantabria y seguir ocupando su plaza en Andalucía, no siendo necesario que solicite una comisión de servicio.
En el caso de que deseara o tuviera que ocupar la plaza obtenida en Cantabria, tendría que solicitar pasar a la situación de excedencia del citado art. 15 y ocupar su plaza en Cantabria, quedando en situación de excedencia en Andalucía.
Una vez sea nombrada funcionaria de carrera en Cantabria, nada le impide que pueda solicitar una comisión de servicio intercomunitaria, pero debe tener en cuenta que estas comisiones se conceden en base a razones de oportunidad, a necesidades del servicio y están condicionadas, en todo caso, a las previsiones de la planificación escolar, tal y como aparece recogido en la Disposición adicional segunda de la Orden de 26 de febrero de 2008, por la que se regulan las comisiones de servicio del personal funcionario docente dependiente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación y deben ser autorizadas por la Administración donde tenga su destino, tal y como viene recogido en el art. 3 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes, donde se dispone que:
1. Con carácter extraordinario, las Administraciones educativas podrán destinar en comisión de servicios a puestos de su ámbito de gestión al personal funcionario de carrera dependiente de otra Administración educativa, siempre y cuando cuenten con la autorización de la misma y cumplan los requisitos para los puestos de trabajo de han de ocupar.
La fecha de inicio de toma de posesión de estas comisiones se hará coincidir con la que la Administración educativa que concede la comisión haya establecido para la incorporación a sus centros, con ocasión del comienzo del curso, a los profesores que hayan obtenido nuevo destino en el mismo.
2. Las comisiones de servicio que se concedan a las funcionarias y funcionarios a los que se refiere este Real Decreto, no podrá exceder del comienzo del curso escolar siguiente a aquel en el que se concedan.
La solicitud debe presentarla en Andalucía y adjuntar la siguiente documentación:
- Fotocopia autenticada del DNI en vigor,
- Fotocopia del título administrativo.
- Fotocopia de la primera toma de posesión como personal funcionario de carrera.
- Acreditación de hallarse en servicio activo.
- Informes médicos.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.