[22-06-23] Reducción de jornada por cuidado de hijos o familiares y por ser mayor de 55 años
Pregunta
Soy profesora de primaria mayor de 55 años y deseo pedir una reducción de la mitad de la jornada para el próximo curso. Según tengo entendido se me tendría que reducir a la mitad las horas lectivas (pasarían de 25 a 12:30 horas) y las no lectivas de obligada permanencia (de 5 horas pasarían a ser 2:30 horas), no sé si estoy en lo correcto...ya me lo confirmáis.
Mi duda es que al ser mayor de 55 años y corresponderme por ello también una reducción de dos horas en el periodo lectivo de docencia directa con el alumnado, si pido la reducción de jornada ¿eso se sigue respetando? o sólo me correspondería la mitad de reducción por 55 años. Yo entiendo que lo lógico sería que mi horario lectivo quedara: 10.30 horas lectivas, más dos horas de 55, total-12:30 horas. Con lo cual legalmente sólo me podrían asignar 10:30 horas de docencia directa con el alumnado ¿estoy en lo cierto o legalmente no es así? Gracias de antemano por si podéis resolverme esta duda.
Respuesta
Entendemos que está haciendo referencia a la reducción de jornada por cuidado de hijo y familiares contemplada en el art. 48, h) e i) del Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el apartado III.9 de la Circular de 11 de junio de 2021 sobre permisos, licencias y reducciones de jornada del personal docente.En el caso de que así sea, tal y como aparece recogido en la citada Circular, la reducción de jornada se aplicará de forma proporcional entre la parte lectiva y no lectiva, por lo que, si la reducción solicitada es del 50%, se le reducirá en dicho porcentaje tanto su jornada lectiva, como su jornada no lectiva de obligada permanencia en el centro, y por lo tanto le corresponderían doce horas y media de horario lectivo y dos horas y media de horario no lectivo.
Una vez le practiquen dicha reducción, en cuanto a la reducción de mayores de 55 años, debe tener en cuenta que ésta será proporcional al horario lectivo fijado tras la aplicación de la reducción de jornada, por lo que, en este caso, le correspondería una hora de reducción del horario de docencia directa con el alumnado, quedando por lo tanto el horario lectivo fijado en once horas y media.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía