[14-07-23] Solicitud no incorporación puesto adjudicado colocación de efectivos.

Pregunta

Mi consulta es la siguiente:

Soy maestra interina y actualmente estoy de baja médica. Quiero saber si al estar de baja tendré algún problema para la adjudicación de destinos que será la semana próxima, es decir, no me adjudicarán por estar de baja. Gracias

Respuesta

El hecho de que usted se encuentre en situación de incapacidad temporal no tiene ninguna relevancia a la hora de adjudicarle o no un destino. Lo que sí debe tener en cuenta es que cuando se publique la resolución definitiva de adjudicación de destinos provisionales, que será en el mes de agosto, usted tendrá que solicitar la no incorporación al puesto adjudicado en el plazo de tres días hábiles desde la publicación de dicha resolución, tal y como aparece recogido en el art. 53 de la Orden de

Artículo 53. Plazos para solicitar las excepciones a la exclusión de la bolsa.

1. Las solicitudes de no incorporación a los puestos adjudicados a través del procedimiento anual de adjudicación de destinos provisionales deberán efectuarse en el plazo de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución definitiva de adjudicación anual de destinos provisionales, mediante un formulario asociado a la misma, que se facilitará a través de la sede electrónica de la Consejería competente en materia de educación. De efectuarse fuera del mencionado plazo, se resolverá la denegación de las mismas. La Dirección General competente en materia de recursos humanos, a la vista de la documentación aportada, resolverá lo que proceda, antes del día 30 de septiembre de cada anualidad. En tanto no recaiga resolución positiva, se deberá permanecer en el centro adjudicado.

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Como consecuencia de dicha solicitud la toma de posesión será diferida hasta que finalice la circunstancia que motivó la no incorporación, debiendo acreditarse el cese de la situación, pero se le reconocerá como tiempo de servicio en la bolsa de trabajo correspondiente, el que medie entre el día que determine la convocatoria correspondiente como fecha de incorporación a la vacante y aquel en que cese la situación alegada, siempre que durante el mencionado período no se ejerza una actividad remunerada.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.