[21-07-23] Causas excepción exclusión bolsas

Pregunta


Quería hacer una consulta. Por error dejé el código de una localidad que no me interesa. ¿Puedo alegar o rechazar el puesto por conciliación familiar? Mis hijos ya son mayores de 3 años.
Gracias

Respuesta

Tal y como aparece recogido en el art. 62 de la Orden de 10 de junio de 2020 por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas, los destinos adjudicados son irrenunciables, salvo que concurra alguna de las causas de excepción a la exclusión recogidas en el art. 51 y que son las siguientes:

a) Hallarse en alguna de las situaciones que establece el artículo 87.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para el personal funcionario de carrera, o en el artículo 63.2 de la presente orden, para el personal funcionario interino.
b) Hallarse disfrutando de los períodos de permiso relacionados con la maternidad, la paternidad, la adopción o el acogimiento, o del período de descanso legalmente establecido para la maternidad.
c) Tener a su cargo, para su cuidado, un hijo o hija menor de tres años. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por hijo y curso académico.
d) Tener a su cargo un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.
e) Hallarse afectado el personal adjudicatario por enfermedad o accidente que imposibilite para el ejercicio de la docencia, tanto si se está o no en situación de incapacidad temporal. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.
f) Acreditar que existe una circunstancia sobrevenida de protección por ser víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
g) Encontrarse ocupando puestos adscritos a centros o programas educativos en el exterior, convocados por la Administración educativa, o hallarse trabajando o pendientes de incorporación en el extranjero en programas o tareas de cooperación internacional, a través de convocatorias de las Administraciones Públicas. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.
h) Haber obtenido una ayuda o beca para cursar estudios, a través de las correspondientes convocatorias de las Administraciones competentes. Esta circunstancia solo podrá ser aplicada una vez por curso académico.


Por lo expuesto si en su caso no concurre ninguna de estas circunstancias, tendrá que incorporarse al puesto adjudicado, ya que de lo contrario será excluida de la bolsa, ya que la no incorporación al puesto adjudicado se encuentra entre los motivos de exclusión de las bolsas recogidos en el art. 50 de la citada Orden

Asimismo, debe tener en cuenta que una vez sea excluida de la bolsa, cuando ingrese de nuevo en una bolsa de trabajo docente, lo hará como aspirante a interina, pero en el momento en que ocupe un puesto de trabajo y haya comenzado a prestar servicio en dicho puesto, se le reconocerán los servicios prestados en la Administración educativa andaluza o en cualquier otra administración educativa, previa solicitud, surtiendo efecto dicho reconocimiento a partir del día 1 de septiembre del curso siguiente al de la fecha resolución de reconocimiento.

Por último, indicarle, que una opción que tendría sería solicitar el intercambio de su puesto, en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la resolución definitiva siempre que se cumpla con los requisitos recogidos en la base decimoctava de la Resolución de 7 de junio de 2023 por la que se efectúa la convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales:  

a) Que los destinos sean del mismo cuerpo y de la misma especialidad.
b) Que el tiempo de servicio, en su caso, con que cuenten quienes pretenden el intercambio no difiera entre sí en más de cinco años.


Debiendo tener en cuenta que solo se podrá solicitar y, obtener un intercambio por curso académico, y que deberá permanecer en el puesto adjudicado hasta que recaiga una resolución estimatoria.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía