[08-09-23] Aplicación reducción horario mayores de 55 años

Pregunta

Cumplo 55 años en noviembre. Entonces, según la normativa vigente, no puedo solicitar este curso la reducción horaria para mayores de 55 al no haberlos cumplido antes del 31 de agosto, ¿no?

Respuesta

Efectivamente tanto el art. 13.7 de la Orden de 20 de agosto de 2010 por la que se regula la organización y funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros de educación especial, como el art. 13.9 de la Orden de 20 de agosto de 2010 por la que se regula la organización y funcionamiento de los institutos de educación secundaria, estipulan que el profesorado que cuente con cincuenta y cinco años de edad a 31 de agosto de cada anualidad, tendrá derecho a una reducción de dos horas del horario de docencia directa con el alumnado para el desarrollo del currículo.

Por lo expuesto, si usted cumple los cincuenta y cinco años en el mes de noviembre, no tendrá derecho a dicha reducción hasta el curso 2024/2025.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía