[12-09-23] Periodo disfrute vacaciones no disfrutadas por coincidir con una IT

Pregunta

Tras una baja en vacaciones, ¿la recuperación de las mismas es en el curso del año escolar o en el periodo de un año? Salud

Respuesta

El apartado 2 del art. 50 del Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE de 31 de octubre) (TREBEP) estipula que:

2. Cuando las situaciones de permiso de maternidad, incapacidad temporal, riesgo durante la lactancia o riesgo durante el embarazo impidan iniciar el disfrute de las vacaciones dentro del año natural al que correspondan, o una vez iniciado el periodo vacacional sobreviniera una de dichas situaciones, el periodo vacacional se podrá disfrutar aunque haya terminado el año natural a que correspondan y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

En base a lo expuesto, al contar con dieciocho meses desde la finalización del año natural a que correspondan las vacaciones (en este caso el año 2023) usted podrá recuperar el periodo vacacional no disfrutado correspondiente a este año, hasta el mes de junio del año 2025.

Lo que sí debe tener en cuenta es que, en cuanto al concreto periodo de disfrute, la Administración viene reconociendo el derecho a disfrutar del periodo vacacional, pero en los periodos no lectivos de navidad, semana santa y en el mes de julio del siguiente año, estando así recogido expresamente en la Circular de 11 de junio de 2021 de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, sobre permisos, licencias y reducciones de jornada del personal docente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía, donde se estipula en el apartado IV.1.B que:

“Dadas las necesidades del servicio educativo, cuando el período de vacaciones coincida en el tiempo con esta licencia, las vacaciones se disfrutarán en periodos no lectivos, siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado”.  

En cualquier caso, indicarle que este Sindicato ha mostrado la más absoluta oposición, al entender que el reconocimiento en dichos periodos produce una situación discriminatoria respecto al resto del profesorado que disfruta tanto del periodo vacacional como de dichos periodos no lectivos, recomendándole por ello, que si solicita el disfrute en periodo lectivo y a pesar de ello, le fijan el disfrute en un periodo no lectivo, presente el correspondiente recurso en vía administrativa.

Una vez presente dicho recurso, en el supuesto de que le  sea desestimado tanto de forma expresa, como por silencio administrativo, una vez agotada la vía administrativa, la única opción sería la interposición de un recurso contencioso-administrativo, cuyo resultado será complejo, y cuya desestimación podría dar lugar a la condena en costas, recomendándole por ello que antes de iniciar dicha vía contenciosa contacte con su Sindicato Provincial para que le faciliten cita con los servicios jurídicos de CCOO de su provincia.  
 
En el supuesto de que usted no tuviera un nuevo nombramiento el curso siguiente ni en la colocación de efectivos ni como sustituto, le será de aplicación el art. 50.3 del TREBEP donde se estipula que   “en los casos de conclusión de la relación de servicios de los funcionarios públicos por causas ajenas a la voluntad de estos, tendrán derecho a solicitar el abono de una compensación económica por las vacaciones devengadas y no disfrutadas; y en particular, en los casos de jubilación por incapacidad permanente o por fallecimiento, hasta un máximo de dieciocho meses”. No obstante lo anterior, puede ser que la Administración espere a que usted obtenga un nombramiento en ese periodo máximo de dieciocho meses para reconocérsela en los periodos no lectivos indicados.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía