[13-09-23] Horario profesor secundaria

Pregunta

Mi consulta es la siguiente, este curso por cuadro de horarios con el resto de compañeros iré con una carga lectiva de 20 horas es decir, excedo de las 18 h establecidas, ¿es posible la compensación con una o dos horas de guardia? ¿Si es así, por cada una hora de exceso se podría compensar con una hora de guardia? Muchas gracias

Respuesta

El Acuerdo de 17 de julio de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo Marco de 13 de julio de 2018, de la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, para la mejora de la calidad del empleo público y de las condiciones de trabajo del personal del sector público andaluz, recoge en el apartado 4º del punto sexto que:  

“Asimismo, coincidiendo con el inicio del curso escolar 2018-2019, el horario lectivo del personal docente será de dieciocho horas, a excepción del que imparte las enseñanzas de educación infantil y primaria y el de los Centros Específicos de Educación Especial, sin que pueda resultar aplicable, a partir de ese momento, la medida del apartado Tercero.1 del Acuerdo de esta Mesa General de 18 de diciembre de 2017”.

Por lo expuesto entendemos que su horario no debería exceder de 18 horas lectivas. En cualquier caso, la compensación a la que hace referencia, realmente lo que conllevaría es que tuviera 18 horas lectivas, ya que el horario de guardia forma parte del horario regular no lectivo, tal y como se dispone en el art. 13.4 de la Orden de 20 de agosto de 2010 por la que se regula la organización y funcionamiento de los institutos de educación secundaria.   

4. La parte no lectiva del horario regular se dedicará a las siguientes actividades:
a) Reuniones de los diferentes órganos de coordinación docente.
b) Actividades de tutoría y tutoría electrónica.
c) Cumplimentación de los documentos académicos del alumnado.
d) Programación de actividades educativas. En su caso, seguimiento del programa de formación en centros de trabajo.
e) Servicio de guardia.
f) Seguimiento y análisis de las medidas de atención a la diversidad aplicadas al alumnado.
g) Organización y funcionamiento de la biblioteca del instituto.
h) Cualesquiera otras que se determinen en el Plan de Centro del instituto.


Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía