[21-09-23] Designación coordinadores de área de competencia

Pregunta

La pregunta es si prevalece el número de alumnos matriculados en un Departamento didáctico o la antigüedad del profesorado definitivo, a la hora de elegir un coordinador de área entre los jefes de departamento que conforman dicha área.

O sea que con este criterio se va a nombrar coordinador de área CT siempre al jefe de departamento de Matemáticas, tiene más alumnos, sea o no el de mayor antigüedad. ¿Ese criterio es legal? Además, debe observarse que ese criterio determina que siempre será el jefe del departamento de Matemáticas el que coordinará el área científico técnica, sin ninguna opción para el de tecnología, física química o biología geología.

Muchas gracias.
Un saludo.

Respuesta

En la regulación de la elección de los coordinadores de área no se recoge ningún criterio preferente, estipulándose únicamente que la designación de los coordinadores de área corresponde a la dirección de los centros (art. 72 del Decreto 327/2010 por el que se regula la organización y funcionamiento de los institutos de educación secundaria)

En este sentido el art. 84.3 del citado Decreto recoge que esta designación corresponderá a la dirección del centro, de entre las jefaturas de departamento de coordinación didáctica.

Al no estipularse nada en esta normativa sobre los criterios para realizar esta elección, entendemos que habrá que estar a lo recogido en el proyecto educativo al respecto, donde se podría incluir tanto el criterio del mayor número de alumnos como el criterio de mayor antigüedad en el centro.

En cualquier caso, en el supuesto de que no se recoja nada en el proyecto educativo, habrá que estar a la decisión que adopte la dirección.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
 

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía