[25-09-23] Abandono puesto de trabajo interino

Pregunta

Actualmente trabajo como maestro para la Junta de A. y probablemente me ofrezcan pronto, por bolsa, un puesto como Educador Social, también para la Junta de Andalucía y creo que, en este caso, con consejerías unidas, o sea, la misma.
La consulta es: Si quiero aceptarlo (porque supongo que tengo derecho a cambiar) y siendo de inmediata incorporación, ¿cómo se articula esto? ¿qué pasos debo dar? ¿qué debo tener en cuenta? ¿qué debo hacer? ¿hay alguna traba, impedimento, plazos de aviso previo, incompatibilidad o algo parecido a tener en cuenta que me lo impida o dificulte? En definitiva, ¿cómo sería la operativa para renunciar al actual puesto cómo firmaría el nuevo trabajo llegado el caso, sin tener problemas?
Muchas gracias

Respuesta

Para incorporarse al nuevo puesto debe renunciar al puesto como docente que viene ocupando, ya que se daría una situación de incompatibilidad conforme a la Ley 53/1884 de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

En cualquier caso debe tener en cuenta que si renuncia a su puesto será excluido de la bolsa, ya que entre los supuestos de exclusión de las bolsas contemplados en el art. 50 de la Orden de 10 de junio de 2020 por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas, se encuentra el abandono del puesto de trabajo, sin causa que lo justifique. Es por ello, por lo que, si no se da ninguno de los supuestos de excepción a la exclusión recogidos en el art. 51, de esta Orden, se iniciaría un procedimiento de exclusión, en el que le darán trámite de audiencia, dictándose a continuación la correspondiente resolución de exclusión.

Además de lo expuesto, debe tener en consideración que una vez haya sido excluido de la bolsa, si volviera a ingresar de nuevo en una bolsa, lo haría como aspirante a interino.

No obstante lo anterior, en el momento en que comenzara a prestar servicios de nuevo, podría solicitar que se le reconociera el tiempo de servicio que tuviera reconocido antes de la exclusión, surtiendo efectos dicho reconocimiento a partir del día 1 de septiembre del curso siguiente.  

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía