[03-10-23] Posibilidad de solicitar excedencia funcionario en prácticas
Pregunta
¿Se puede estar en prácticas (profesor) y pedir excedencia para ocupar un puesto de cargo público (dirección general de deportes en Comunidad autónoma de Murcia)?
Respuesta
Tanto en la regulación de la excedencia por prestación de servicios en el sector público recogida en el art. 15 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, como en los artículos 85 y siguientes del Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que regulan las situaciones administrativas de los empleados públicos, entre ellas las excedencias, hacen referencia a “funcionarios de carrera” por lo que no podrá solicitar ninguna modalidad de excedencia hasta que no finalice la fase de prácticas y sea nombrado funcionario de carrera.Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía