[06-10-23] Composición bolsas interinos PTFP
Pregunta
Aquellos docentes que aún somos interinos y pertenecemos al 591, y además nos hemos presentado en la última OPE al 590 de nuestra especialidad, ya que eran de las especialidades compatibles, y hemos aprobado algún examen ¿en qué situación estamos?
En bolsa sigo apareciendo como 591, con un apartado de ordenación del acuerdo 18/03/2023
¿Dónde se contemplaba que aprobando algún examen ya entrabas directamente a la nueva bolsa?
Gracias de antemano
Respuesta
Si usted ha participado en las oposiciones, y ha superado alguna de las pruebas, debería aparecer en la bolsa 590, en función de lo recogido en el apartado tercero del Acuerdo de 18 de julio de 2023 del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial de personal docente no universitario, sobre ordenación y gestión de las bolsas de personal interino tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, donde se dispone que:“Con fecha de efectos de 1 de julio de 2023, se crean las bolsas de trabajo docente de las especialidades de «Equipos electrónicos», «Instalación y mantenimiento de equipos térmicos y de fluidos», «Instalaciones electrotécnicas», «Instalaciones y equipos de cría y cultivo», «Laboratorio», «Máquinas, servicios y producción», «Oficina de proyectos de construcción», «Oficina de proyectos de fabricación mecánica», «Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios», «Operaciones de procesos», «Operaciones y equipos de producción agraria», «Procedimientos de diagnóstico clínico y ortoprotésico», «Procedimientos sanitarios y asistenciales», «Procesos comerciales», «Procesos de gestión administrativa», «Producción textil y tratamientos físico-químicos», «Servicios a la comunidad», «Sistemas y aplicaciones informáticas» y «Técnicas y procedimientos de imagen y sonido» del cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, así como las correspondientes bilingües que se recogen en el Anexo II de este acuerdo, a las que el personal podrá acceder a través de los procedimientos establecidos en los artículos 19 y 22 del Decreto 302/2010, de 1 de junio.
En su caso, el acceso se habría realizado por el procedimiento recogido en el art. 19 de del citado Decreto 302/2010 y en el art. 38.1 de la Orden de 10 de junio de 2020 por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas, al haber superado una prueba de las oposiciones, recomendándole por ello que contacte con su Sindicato Provincial
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía