[11-10-23] Solicitud excedencia por cuidado de familiar tras la realización de la fase de prácticas
Pregunta
Me gustaría plantear la siguiente consulta sobre los efectos administrativos del nombramiento de funcionario de carrera y la toma de posesión:
Soy funcionario en prácticas del cuerpo de profesores de educación secundaria este curso 23-24, y de resultar apto, el nombramiento como funcionario de carrera tendría lugar cuando lo publicase en BOE el Ministerio de Educación, con efectos de 1 de septiembre de 2024. Así lo entiendo leyendo la última Orden de “aptos” de la fase de prácticas de profesores de secundaria, que dice en el punto quinto que la Consejería “propone al Ministerio de Educación y Formación Profesional el nombramiento como funcionario de carrera al personal reseñado en el Anexo I de esta orden, con efectos de 1 de septiembre de 2022. (Esto está sacado del BOJA de martes 2 de agosto de 2022, Orden de 22 de julio de 2022, de listado de personal declarado apto y no apto en la fase de prácticas y aprobación del expediente del procedimiento selectivo de la convocatoria de la Orden 30 de noviembre de 2020).
Parece ser que este BOE con el nombramiento se publica meses más tarde de la toma de posesión, que yo entiendo que sería al comienzo del curso el 1 de septiembre de 2024. Entonces mi duda es la siguiente:
¿El ejercicio de los derechos de funcionario de carrera se puede realizar a partir del 1 de septiembre o hay que esperar hasta el nombramiento? Lo ilustro con un ejemplo, ¿sería posible solicitar y que me concediesen una excedencia por cuidado de un familiar (que no requiere tiempo de servicio mínimo), por ejemplo, el 3 de septiembre o tendría que esperar hasta la publicación de mi nombramiento en BOE?
Espero haberme explicado bien.
Muchas gracias por vuestra amabilidad y atención.
Respuesta
Efectivamente tal y como aparece recogido en la Orden de 22 de julio de 2022, a la que hace referencia, y en la base decimoquinta de la convocatoria de oposiciones realizada por Orden de 6 de marzo de 2023, la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, lo que hace es que una vez concluida la fase de prácticas y comprobado que quienes la han superado reúnen los requisitos generales y específicos de participación, aprueba el expediente del procedimiento selectivo, que se publica en el BOJA y remite las listas del personal declarado apto al Ministerio de Educación y Formación Profesional para que éste proceda al nombramiento y expedición de los títulos de funcionarios y funcionarias de carrera, con efectos de 1 de septiembre de 2024.Una vez expuesto lo anterior, indicarle que desde la Consejería se nos ha comunicado que una vez haya sido declarado apto en la fase de prácticas y se haya publicado en BOJA, se podría solicitar la excedencia por cuidado de familiar, aunque no se haya llevado a cabo la publicación en BOE del nombramiento como funcionario de carrera.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía