[16-10-23] Reingreso tras excedencia por interés particular

Pregunta


¿Se puede concursar en concurso de traslados estando de excedencia? ¿Se puede dar una adjudicación de destino definitivo estando en excedencia? ¿Y si la excedencia se coge ahora en septiembre da tiempo a ocupar el puesto que te den si coincide septiembre con el mes donde cumplen esos dos años requeridos?
Muchas gracias

Respuesta

Entendemos que está haciendo referencia a la excedencia por interés particular, en cuyo caso usted podrá solicitar el reingreso al servicio activo participando en el concurso de traslados de forma voluntaria, tal y como aparece recogido en el art. 11 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos, y en las convocatorias que se realizan.

Lo que si debe tener en cuenta es que al finalizar el curso escolar (31 de agosto), en el que se realice la convocatoria, deben haber transcurrido dos años desde que pasó a la situación de excedencia, por lo que, si solicita la excedencia en el mes de septiembre, no cumpliría con dicho requisito, y por lo tanto tendría que esperar al siguiente concurso de traslados, salvo que la solicitara con fecha de inicio el día 1 de septiembre.

Por último, indicarle que también puede solicitar el reingreso para la fecha que cumpla los dos años mediante la presentación de una instancia, o bien, participando en la colocación provisional (colocación de efectivos) para el curso siguiente.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía