[20-10-23] Solicitud puestos en centros de educación permanente
Pregunta
Me gustaría pasarme, ya para el próximo año, a la educación de adultos. Cumplo
56 años este año, estoy en un colegio público en la actualidad y tengo dos
licenciaturas, además de Magisterio y otros cursos hechos. NO sé cómo tengo
que hacerlo. ¿Dónde inscribirme? ¿Cuándo? Gracias por su aclaración.
Respuesta
Si usted desea ocupar un puesto en un centro de educación de adultos, puede solicitarlo participando en el concurso de traslados, tal y como aparece recogido en las convocatorias que se realizan.
En este sentido, en la última convocatoria realizada por la Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados del personal funcionario de carrera, se recogía en el apartado 4.6.4. que el profesorado perteneciente al Cuerpo de maestros podría solicitar puestos en centros y secciones de Educación Permanente y centros penitenciarios de las especialidades de Lengua Extranjera (Ingles) y de Educación Primaria, siempre que cumplan con el requisito de tener dos años de antigüedad como personal funcionario de carrera en el Cuerpo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, estando relacionados los centros de educación de adultos en el Anexo XIV-c) y los centros penitenciarios en el Anexo XIV-g) de dicha convocatoria.
También podría, solicitar alguno de estos puestos en la colocación de efectivos, para ocuparlo con carácter provisional, tal y como aparece recogido en el art. 5.2. de la Orden de 10 de junio de 2020 por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas. y en las convocatorias que se realizan.
En este sentido en la última convocatoria realizada por Resolución de 7 de junio de 2023, dispone en el punto 2 de la base primera que:
2. Opcionalmente podrá participar el personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes que, no perteneciendo a ninguno de los colectivos a que se refiere el apartado anterior, solicite expresamente centros y puestos de los recogidos en el apartado 2 de la base decimocuarta de la presente convocatoria y en los Anexos V y VI de esta resolución, de reunir, en el último caso, los requisitos para su desempeño. A los efectos de su participación en este procedimiento, este personal se ordenará tras el colectivo a que se refiere el párrafo g) del apartado primero de esta primera base, en la forma que se establece en la base novena.
En dicha base decimocuarta se encuentran recogidos en el apartado 2 entre otros los centros de educación permanente.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía