[10-11-23] Salida centro durante descanso personal laboral

Pregunta

Hola, trabajo como PTIS en un colegio y me gustaría saber si en mi media hora de descanso puedo salir fuera del centro escolar, ya que el equipo del EOE puede hacerlo y yo pertenezco a él.

Respuesta

El periodo de descanso aparece contemplado en el art. 34 del Real Decreto Legislativo 2/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el art. 29 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral al Servicio de la Junta de Andalucía, donde se dispone que:
   
Artículo 29. Disposiciones comunes.
1. Dentro de la jornada de trabajo, el personal tendrá derecho a un descanso de 30 minutos diarios que se computará como trabajo efectivo. Cuando se realice la jornada de trabajo partida, dicho descanso se distribuirá diariamente en dos periodos de descanso de 20 minutos, en mañana y tarde, respectivamente, que igualmente se computarán como trabajo efectivo.
2…

Una vez expuesto lo anterior, en cuanto a la cuestión que nos plantea, indicarle que entendemos que durante el periodo de descanso podría salir del centro, ya que de hecho existen sentencias que han venido a determinar que no permitir la salida, desproveería de contenido este derecho reconocido en la legislación laboral, siempre respetando su duración y su jornada laboral.

En cualquier caso, en el supuesto de que le denegaran dicha posibilidad, le recomendamos que contacte con su Sindicato Provincial.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía