[21-11-23] Participación colocación de efectivos funcionario de carrera solicitud puestos específicos

Pregunta

Soy funcionario con destino definitivo y participo en concurso general de traslados, pero también pido concursillo para ocupar un puesto específico. ¿Si me dan traslado en el CGT puedo seguir optando al concursillo en junio? He leído que se debe volver a solicitar en un nuevo plazo pero para gente en prácticas, reingresados y de otras comunidades pero no de casos como el mío, definitivo que participa voluntariamente en el CGT. Gracias

Respuesta

Cuando se hace referencia al “concursillo” se está haciendo referencia a la participación del personal beneficiario de una comisión de servicio por conciliación de la vida familiar, personal y laboral en el procedimiento de colocación de efectivos, circunstancia que entendemos, por lo que comenta no es la suya, no siéndole tampoco de aplicación el plazo extraordinario que se abre en el mes de mayo, ya que dicho plazo es para solicitar comisiones de servicio por razones de conciliación de la vida familiar, personal y laboral, y por razones de ocupación de un cargo electivo en las corporaciones locales de los siguientes colectivos:

-    Personal en prácticas que ha obtenido destino definitivo en el concurso de traslados
-    Personal funcionario de carrera en situación de provisionalidad o reingresado que ha obtenido destino definitivo en el concurso de traslados.
-    Personal funcionario de carrera procedente de otra comunidad que ha obtenido destino definitivo en esta Comunidad

Usted como funcionario de carrera con destino definitivo participa en la colocación de efectivos para solicitar puestos específicos, por lo que lo hace por un colectivo distinto, concretamente por el colectivo recogido en el art. 5.2 de la Orden de 10 de junio de 2020 por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas, y en el apartado 2 de la base primera de las convocatorias que se realizan, no existiendo ningún impedimento, para que aunque obtenga un destino definitivo, pueda participar en la colocación de efectivos solicitando puestos específicos.

“2. Asimismo, podrá participar el personal funcionario de carrera que, no perteneciendo a ninguno de los colectivos a que se refiere el apartado anterior y acreditando, en su caso, el requisito específico exigido para su desempeño, solicite, con carácter provisional, puestos de carácter bilingüe u otros puestos específicos a los que se refiere el artículo 24.1.c) del Decreto 302/2010, de 1 de junio, de acuerdo con lo que establezcan las convocatorias”.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía