[28-11-23] Permiso por hospitalización personal laboral

Pregunta

Sé que recientemente han cambiado el estatuto de los trabajadores mejorando las condiciones de conciliación de la vida familiar (Real Decreto-ley 5/2023). En este sentido, se amplía a 5 días los días disponibles para cuidados de familiares (en mi caso padres) en caso de intervención quirúrgica sin hospitalización, pero si cuidados domiciliarios.
En mi centro educativo me indican que como en el convenio pone que son tres, no me conceden más que estos tres. Yo discrepo. Me podrían aclarar este tema.
Les agradecía lo antes posible.
Muchas gracias y saludos.

Respuesta

El Real Decreto-ley 5/2023 de 28 de junio (BOE de 29 de junio) modifica en su art. 127 el Real Decreto Legislativo 2/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y concretamente modifica entre otras cuestiones la duración del permiso por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, que pasa a ser de cinco días hábiles, con independencia de donde se produzca el hecho causante.

Dicha modificación ha entrado en vigor con fecha 30 de junio de 2023, conforme aparece recogido en la Disposición final novena, por lo que entendemos que, con independencia de lo recogido en el Convenio, que reconoce menos días que el Estatuto, y por lo tanto es menos beneficioso que éste, debe serle reconocido el derecho a disfrutar de cinco días hábiles de permiso, ya que el convenio nunca puede empeorar el derecho que otorga la Ley, en base a la primacía de ésta de acuerdo con la reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Siendo las leyes en el derecho laboral normas mínimas que pueden ser desarrolladas o mejoradas en los convenios colectivos, pero nunca empeoradas.

Es por ello por lo que le recomendamos que si finalmente no se los reconocen contacte con su Sindicato Provincial.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía