[14-12-23] Requisitos para impartir docencia en centro concertado primaria

Pregunta

Soy profesora de primaria y durante varios años di clases de ed. Física.
Me han dicho que me puedo habilitar como maestra de educación física, necesito saber qué requisitos debo cumplir, y dónde está recogida está información.
Gracias

Respuesta

Ahora mismo de lo único que podemos informarle es de que la Consejería nos ha comunicado en Mesa técnica que tiene previsto desarrollar un  procedimiento para solicitar la habilitación de una determinada especialidad para el personal que la haya impartido durante dos años, pero dicho procedimiento todavía no ha sido concretado ni desarrollado, por lo que habrá que estar a las novedades que se vayan produciendo y que podrá consultar a través de la página web de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía.

Con independencia de lo anterior, indicarle que el Real Decreto 476/2013, de 21 de junio, por el que se regulan las condiciones de cualificación y formación que deben poseer los maestros de los centros privados de Educación Infantil y de Educación Primaria recoge en su art. 5  respecto a los requisitos para impartir la enseñanza de Educación Física, que se deberá estar en posesión del título de Graduado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria y que incluya, una mención en Educación Física,  o en posesión del título de Maestro especialista en Educación Física o en posesión del título de Diplomado en Profesorado de Educación General Básica o Maestro de Primera Enseñanza con la especialidad de Educación Física.

Asimismo, se dispone que en el caso de que no se cuente con alguna de estas titulaciones, se podrá impartir dicha enseñanza si se cuenta con alguna de estas titulaciones:  

1.º Graduado en el ámbito de las ciencias de la actividad física y del deporte.
2.º Licenciado en Educación Física o haber superado tres cursos completos de esta licenciatura.
3.º Diplomado en Educación Física.
4.º Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
5.º Haber superado los cursos de la especialidad de Educación Física, según lo establecido en el artículo 7 del presente real decreto.
6.º Haber superado la fase de oposición de la especialidad de Educación Física, según lo establecido en el artículo 8 de este real decreto.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO de Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CCOO Andalucía